La Justicia sigue hablando: Procesamiento de Luis Agosto

La jueza en lo penal de 23° turno, Isaura Tórtora, procesó con prisión al coronel retirado Luis Agosto por los delitos de abuso de autoridad contra detenidos, lesiones graves y privación de libertad, en calidad de coautor.
Luis Agosto es responsable de haber impartido órdenes en su calidad de Oficial del Ejército a cargo del S2 y S3 del Grupo de Artillería N°1 que resultaron en que “las víctimas fueron detenidas ilegalmente, encapuchadas, incomunicadas, sometidas a tratos crueles e inhumanos –golpizas, falta de alimento, agua, sueño, limitación del acceso al baño, “submarino”– a los efectos de que brindaran información respecto a su pertenencia a un grupo político determinado (M.L.N.-T.), poniendo en riesgo su vida conforme surge del informe elaborado por los galenos de la Cátedra de Medicina Legal de la Universidad de la República”, según señala el fallo de la jueza Tórtora.
Este procesamiento se enmarca en la causa que investiga violaciones a los derechos humanos contra militantes del M.L.N.-T., detenidos entre 1972 y 1973, quienes fueran torturados en el Grupo de Artillería 1 (Cuartel La Paloma), y víctimas de la Operación Morgan, realizada entre octubre de 1975 y junio de 1976, que tuvo la finalidad de destruir la estructura del Partido Comunista y de la Unión de Jóvenes Comunistas.

Otro paso en la Justicia: Ferro es nuevamente procesado

El 18 de noviembre de 2024, la Jueza Silvia Urioste dispuso el procesamiento y prisión de Eduardo Ferro Bizzozero (procesado por la desaparición de Oscar Tassino), quien fue imputado como presunto autor responsable de cuatro delitos de privación de libertad especialmente agravados y dos delitos de violencia privada especialmente agravados.

Este fallo se enmarca en la causa iniciada por el secuestro, el 12 de noviembre de 1978, en Porto Alegre, Brasil, de los militantes del PVP Universindo Rodríguez, Lilián Celiberti y de sus hijos Francesca (de 3 años) y Camilo Casariego (de 7 años). Este operativo enmarcado en el Plan Cóndor, bajo la operación «Zapatos Rotos», implicó la tortura de los adultos en dependencias de la Secretaría de Seguridad para obtener información sobre sus compañeros. Posteriormente, militares uruguayos, con apoyo brasileño, les trasladaron a Uruguay, donde continuaron los abusos primero en la Fortaleza de Santa Teresa de Rocha y en el Centro General de Instrucción para Oficiales de Reserva (CGIOR). Lilián fue llevada a Porto Alegre bajo custodia de Ferro, con «la finalidad de montar una ´ratonera´ en su domicilio y detener a Hugo Cores, todo en forma ilegítima».

La sentencia rechaza las eximentes de cumplimiento de la ley, obediencia debida e inexigibilidad de otra conducta. Los agentes estatales privaron ilegítimamente de libertad a cuatro personas —dos niños—, torturaron a los adultos y simularon un delito para justificar su accionar.

Es el tercer militar procesado por esta causa, uno de ellos se encuentra prófugo en España.

Por Verdad, Memoria, Justicia
Nunca Más Terrorismo de Estado

Otro paso en la justicia: Enrique Buzo y Néstor Silvera procesados con prisión

Otro paso en la justicia: Enrique Buzo y Néstor Silvera procesados con prisión.

La jueza Isaura Tórtora procesó a Buzó y Silvera por privación de libertad, abuso y torturas contra Antonio Viana, detenido ilegalmente en 1974 en Buenos Aires junto a su compañera y su hijo. Tórtora rechazó un recurso de las defensas sobre su jurisdicción, calificándolo de “maniobra dilatoria”. Viana fue llevado al Batallón 12 en Rocha, torturado sistemáticamente, procesado por la justicia militar en octubre de 1974 y recluido en el Penal de Libertad hasta 1980.

📸Javier Calvelo – adhocFOTO

Solidaridad con AFINDDHH

Montevideo, 12 de noviembre  de 2024.

Ante los hechos de público conocimiento sobre la censura aplicada por el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) sobre el primer capítulo del podcast “El golpe a la Educación” realizada por el Sitio de Memoria ex SID, la Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos de Detenidos  Desaparecidos expresa su preocupación.

Dicha serie tiene tres episodios titulados “68”, “Limpiar las aulas” y “Yo oriental”, realizados a partir del testimonio de maestras, profesoras y estudiantes de todo el país, y con la contextualización y análisis de historiadores especializados en la historia reciente. El propósito es abordar el proyecto político autoritario y dictatorial para la educación pública de nuestro país.

El Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos, en una decisión arbitral, decidió el pasado 17 de setiembre, censurar la publicación del mismo (con el único voto en contra del director Wilder Tyler), a pesar de haber sido aprobada su realización previamente. 

Los argumentos abordaron la falta de miradas contrastantes en torno al tema, apuntalando la ausencia de otras voces, especialmente de la “derecha democrática”. Este convalida la teoría de los dos demonios, justificando el autoritarismo estatal como respuesta al accionar de la guerrilla, un relato que mucho hemos luchado por desarmar. Se alinea a los revisionismos históricos que nuevamente se están intentando imponer desde distintas arenas, inclusive la educativa, convalidando la experiencia golpista y desconociendo la acumulada producción académica sobre la materia.

Recordamos que los Sitios de memoria cumplen la función de recordatorio y reconocimiento de aquellos lugares donde las personas víctimas de terrorismo o accionar ilegítimo del Estado sufrieron violaciones a sus derechos humanos (…) y que son utilizados como espacios abiertos al público para la recuperación, construcción y transmisión de memorias”; siendo esto independiente del organismo que al día de la fecha cumpla funciones en su sitio. 

La creación del mencionado podcast se enmarca en los cometidos establecidos por la ley, particularmente del Artículo 7, que establece quelos Sitios de Memoria Histórica propiciarán la investigación (…) para contribuir a la educación y difusión, permitiendo resignificar, recuperar, reunir, organizar y poner a disposición de los ciudadanos, información significativa para el estudio del período previo a la última dictadura cívico-militar”. Por ello el posicionamiento establecido por el Consejo Directivo desconoce el corpus jurídico que lo instituyó en la Ley N° 19641.

Lo sucedido con el podcast debe activar una alarma pública, no podemos dejar pasar este caso ya que sienta un precedente en la violación a los principios constitutivos, estableciendo mecanismos de control discursivo de agentes estatales a las comunidades, erosionando la autonomía consagrada de los sitios y la independencia necesaria en la construcción de memoria que un Estado de derecho ha de garantizar.

Estas posiciones discrecionales sobre diversos asuntos dentro de la INDDHH dan cuenta de una praxis que se ha vuelto cotidiana, donde se inmiscuye el poder político sobre el saber técnico y su funcionariado, impidiendo la circulación de contenidos cuando estos expresan ideas contrarias a la postura de su Consejo Directivo, debilitando la mayor tarea que tiene esta Institución, que es la de la Defensa de los Derechos Humanos.

Por ello, extendemos nuestra máxima solidaridad a la Asociación de Funcionarios de la Institución Nacional de Derechos Humanos y exhortamos al Consejo Directivo a que revise la decisión adoptada.

Por Verdad, Memoria, Justicia y Nunca Más Terrorismo de Estado

 

Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos

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