Ielsur: Ante el conocimiento público de la sentencia relativa a crímenes de lesa humanidad de la Suprema Corte de Justicia

Ielsur a la opinión pública

Ante el conocimiento público de la sentencia dictada en un proceso de inconstitucionalidad relativa a crímenes de lesa humanidad de la Suprema Corte de Justicia Ielsur expresa:

  1. El Estado Uruguayo continúa legislando y dictando sentencias contrarias al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, desconociendo que se ha obligado soberana, voluntaria y libremente a respetar, garantizar y promover.
  1. Se ha obligado a: respetar y garantizar los derechos reconocidos por las normas contenidas los tratados, armonizar la legislación interna con lo establecido en estos instrumentos universales y regionales y establecer recursos judiciales adecuados, eficaces e idóneos, lo cual incluye el derecho de las víctimas a solicitar la debida reparación.
  1. La imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad se encuentra más allá de lo que hayan legislado las leyes 17347, 18026 y 18831, y existe consenso en la sociedad civilizada de naciones que constituyen estos crimenes, las desapariciones forzadas o involuntarias de personas, las ejecuciones extrajudiciales, las torturas y las detenciones arbitrarias, violaciones, etc.
  1. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de fecha 16.12.1966 – Ley No. 13.751 del  11.07.1969 en su artículo 15.2  establece que no se vulnera el principio de la irretroactividad de la ley penal, cuando se condena a una persona, por acciones que fueran consideradas delictivas en el derecho internacional.
  1. Como bien señalan las discordias de los Ministros Hounie y Minvielle, la categoría de crimen de lesa humanidad y su consecuencia necesaria, la imprescriptibilidad, existen al menos desde el fin de la segunda guerra mundial, y comienzan a plasmarse con la Ley de Consejo de Control No. 10 de los Aliados en Alemania de post guerra en especial el artículo II.
  1. Las conductas cometidas por los funcionarios del Estado o por particulares contando con la aquiescencia de aquellos, en el periodo dictatorial, son crímenes de lesa humanidad y la imprescriptibilidad es una característica de los mismos. Debe recordarse que se trata de aquellas conductas en las que es el Estado el que viola de manera sistemática y grave los derechos de la población (tortura, desaparición forzada, violación, homicidio político) y es evidente que no pueden prescribir.
  1. Esto es jurisprudencia constante surgida a partir de diversos organismos creados a través de distintos Tratados en materia de DDHH, y la SCJ sistemáticamente los desatiende e ignora.
  1. Pronunciamientos como el que se menciona no hacen más que debilitar el sistema de garantías al que nuestro país se ha obligado a respetar, e incumple la responsabilidad soberana asumida.
  1. El Estado en su conjunto debe reflexionar seriamente si quiere y realmente puede continuar perteneciendo a los sistemas a través de los cuales se aplican los Tratados de Derechos Humanos, en la medida que una y otra vez los vulnera mediante distintas acciones y omisiones desoyendo sus claros mandatos, recomendaciones y condenas.
  1. El Estado, más de 40 años de algunos hechos de la dictadura cívico militar debe brindar respuestas acordes al estado de derecho y al derecho internacional de los derechos humanos y enjuiciar y castigar a los responsables.

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Fuente: Ielsur

 

Declaración de INDDHH ante sentencia de SCJ

29 octubre, 2017

Mientras altas autoridades mundiales y regionales para la defensa de los derechos humanos visitaban Uruguay, se conoció una nueva sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declarando inconstitucional la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad – incluyendo la tortura – cometidos durante la dictadura militar. Para esto la SCJ declaró inconstitucionales los Arts. 2 y 3 de la ley 18.831 – (Pretensión Punitiva del Estado – Restablecimiento para los Delitos Cometidos en Aplicación del Terrorismo de Estado hasta el 1° de marzo de 1985).

La INDDHH expresa su profunda consternación por los contenidos de tal sentencia (dictada por una mayoría de tres de sus ministros ) y siente la obligación de llamar a la reflexión sobre los nefastos efectos que acarrea la opción tomada por la mayoría de la SCJ.

Esta no es la primera vez que las víctimas de los crímenes de lesa humanidad en nuestro país se ven defraudados por la SCJ. Desde 1988 cuando la SCJ declaró (en fallo similarmente dividido) la constitucionalidad de la ley de Caducidad – entendiendo además que aquella norma no violaba la independencia judicial -, hasta el fallo que hoy motiva esta comunicación, varias sentencias han contribuido a consolidar un grado de impunidad sin parangón en la región.

El efecto acumulativo de tales decisiones agudiza el impacto de cada sentencia individual . Esto tiene devastadoras consecuencias para las víctimas, para la sociedad y para la posición de nuestro país en el concierto internacional.

• En primer lugar estas decisiones (declarando que la tortura cometida durante la dictadura no es un crimen de lesa humanidad) exacerban el desamparo de las víctimas, que desde hace décadas ven socavado su derecho a la justicia.

• En segundo lugar, obstaculizan la resolución de los traumas de nuestro pasado reciente. Esto ocurre cuando nuestra sociedad transita hacia nuevas etapas, que requieren la cicatrización de las heridas del pasado y cimientos de verdad y justicia que habiliten un ejercicio de la memoria que alerte y resguarde a las nuevas generaciones de los desbordes de nuestro pasado.

• En tercer lugar, nuestro país queda en incumplimiento de sus obligaciones internacionales sobre de derechos humanos. Uruguay es parte de tratados internacionales. Como tal se ha obligado (voluntariamente) a actuar de acuerdo con el consenso de la comunidad internacional sobre los crímenes de lesa humanidad. La decisión de la SCJ, que tiende a desconocer el valor del derecho internacional de los derechos humanos, obstaculiza el cumplimiento de esta obligación. Nuestro país también está obligado a cumplir con sentencias internacionales como la del caso Gelman. Esta decisión también impide dar cumplimiento cabal a la sentencia de la Corte Interamericana sobre el caso Gelman.

• Finalmente, hay que recordar que Uruguay logró recuperar su otrora destacado rol en la comunidad internacional; una política exterior progresista sobre derechos humanos ha contribuido a estos avances, que restauraron la imagen externa del país. Decisiones regresivas como la recientemente emitida por la SCJ, socavan ese esfuerzo.

Al instar a la reflexión sobre las consecuencias de la sentencia de la SCJ, la INDDHH es consciente de la importancia del debate al que llama. Temas como la transparencia e independencia de nuestro sistema judicial, elementales valores de solidaridad humana y el rol que el derecho de los derechos humanos juega en nuestro ordenamiento jurídico, son parte de esta discusión. La INDDHH considera sin embargo que es imprescindible que esta discusión tenga lugar, sin perder de vista que la impunidad no es inevitable, pero que solo a partir de un esfuerzo institucional y colectivo podremos dar respuesta a los reclamos de verdad y justicia, que nuestra sociedad y nuestro futuro exigen.

Fuente: Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo

Las Abuelas de Plaza de Mayo encontraron a la nieta 125

Estela de Carlotto (I), Presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, anuncia al nieto número 125, durante el 40 aniversario de la organización de derechos humanos que dirige en Buenos Aires, ayer. Foto: Juan Mabromata / AFP

«Abuelas de Plaza de Mayo tiene la inmensa alegría de comunicar la restitución de la hija de Lucía Rosalinda Victoria Tartaglia», informó la organización argentina en un comunicado emitido ayer. En el texto, la organización dedicada a recuperar a unos 500 niños apropiados por la dictadura anunció que se trata de la nieta número 125.

Tartaglia era conocida como La flaca, militaba en la Juventud Universitaria Peronista en La Plata y fue secuestrada en 1977, cuando tenía 24 años y estaba embarazada. La familia logró averiguar que Lucía estuvo secuestrada en el centro clandestino conocido como Atlético-Banco-Olimpo y que había dado a luz en cautiverio.

En marzo de 2011 14 represores fueron condenados por la desaparición de Lucía.

«Gracias a la perseverancia de nuestra búsqueda y de todo el movimiento de Derechos Humanos, hoy la nieta 125 puede conocer la verdad sobre su origen», concluye el comunicado de las Abuelas.

Fuente: la diaria

Demasiado

Gisella Marsiglia, durante un acto por la violación a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado, ayer, en la Plaza Libertad. Foto: Federico Gutiérrez

“Estuvieron 11 años presos. Mi madre en Punta de Rieles y mi padre en el Penal de Libertad. Mi madre estaba embarazada de mi hermano cuando cayó presa; a él lo criaron mis hermanos. Yo nací en 1989, en democracia. No lo viví directamente pero sí vivo las secuelas que dejó en mi familia. La dictadura también nos afectó a los hijos”. Historias como esta rompían con la locura de 18 de Julio a las cinco de la tarde en la plaza Libertad. El grupo Denunciantes de Causas Penales de Violaciones de los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado convocó a una movilización con el lema “La justicia, cuando tarda, no es justicia”.

“Supongo que querés saber cuál es mi causa”, comenzó diciendo Liliana Pertuy, una de los 40 adolescentes de entre 13 y 18 años que estuvieron presos y fueron torturados en un cuartel del departamento de Treinta y Tres. La integrante del colectivo de denunciantes contó que fueron 20 de los 40 que presentaron la denuncia y señaló que después de que se presentó un recurso de inconstitucionalidad, “todo quedó quieto”. “Nos dicen que no los encuentran, que no saben dónde viven. ¿Cómo me vas a decir eso en un país de tres millones de personas?”, preguntó. La ex presa política se refirió a las demoras en el avance de estas causas penales y expresó que “queda mucho por hacer” y que, si bien “con el Frente Amplio algo ha cambiado, ha sido muy poco”.

“Esta ley de impunidad lo que ha hecho es dividir en categorías y ha privilegiado a lo peor de la sociedad”, dijo. Y agregó: “Esta impunidad dividió a los ciudadanos; los que han cometido los delitos más aberrantes, más espantosos, robos, secuestros de bebés, violaciones, asesinatos, torturas, saqueos, esos están amparados”.

Pertuy hizo referencia a la reciente declaración de la Suprema Corte de Justicia en la que se considera inconstitucional la imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad para un caso de torturas en Tacuarembó y expresó que es “una burrada típica de la Edad de Piedra, de cavernícolas”. “Es retroceder, ir para atrás; a mí me llaman desde afuera,de otros países, diciendo que no pueden entender”, agregó Pertuy. Además, al reflexionar acerca de quienes tomaron esta decisión, dijo que “ellos han sido uruguayos, han vivido en este país, se habrán enterado de las aberraciones que pasaron durante los 11 años de dictadura y conocen la historia; [esta declaración] no es explicable mediante la lógica“. “Están defendiendo la desigualdad ante la ley”, dijo, y agregó que el colectivo de denunciantes quiere “llamar la atención sobre esto; Uruguay es un país con una larga tradición democrática”.

La denunciante contó que esta es la primera vez que se coordinan para hacer algo juntos, y que seguramente harán más cosas en el futuro “para ver si se mueven” las causas penales. “Esto es para el futuro, para las generaciones que vienen; yo voy a seguir luchando hasta el último de mis días”, finalizó Pertuy.

La actividad incluyó espectáculos artísticos y contó con la adhesión del PIT-CNT, la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay, Crysol, el Servicio Paz y Justicia, el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay, Familiares de Detenidos Desaparecidos y el Observatorio Luz Ibarburu.

Fuente: la diaria

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