Colectivo Vecinos por la Memoria de Piriápolis reclama control del Estado a prisión domiciliaria del represor Ramas

El 26 de marzo de 2009 el coronel retirado Ernesto Avelino Ramas Pereira (1936) fue condenado a 25 años de prisión por diversos crímenes especialmente agravados, como el homicidio de María Claudia García de Gelman, y en la actualidad tiene una causa abierta por tortura, privación de libertad, lesiones personales y demás delitos no menos aberrantes cometidos entre 1972 y 1985 en el 300 Carlos y el Batallón 13. Hoy el represor goza de prisión domiciliaria –por cuestiones de salud– en Piriápolis.

El colectivo Vecinos por la Memoria de Piriápolis, que ya había denunciado que Ramas fue visto paseando por la rambla del balneario, emitió un comunicado el viernes pasado en el que informa que el represor debía ser conducido al Juzgado para declarar por las causas abiertas, pero su defensa solicitó que se suspendiera “por razones humanitarias” y que la declaración fuera tomada en su domicilio. Por tal motivo, la jueza del caso, Marcela Vargas, accedió al pedido, pero el militar se negó a declarar, “amparándose en el Pacto de San José de Costa Rica”.

“Paradójicamente”, hoy Ramas “se ampara en los Derechos que les fueron negados a miles de víctimas de la dictadura cívico militar de la que fue parte”, señala este colectivo. “A pesar de esta negativa, la causa continúa y se espera que sea condenado por los delitos que se le acusa en función de cantidad de pruebas en su contra aportadas por decenas de hombres y mujeres víctimas de sus torturas. Ante estos acontecimientos, reclamamos que el Estado realice el control efectivo de la prisión domiciliaria y que se le revoque este beneficio y cumpla su condena en la cárcel”, finaliza el comunicado.

Fuente: la diaria

 

Nota de Repudio de Piriápolis, Vecinos por la Memoria

Recibimos y difundimos

Piriápolis, 8 de Septiembre de 2017

Como es de público conocimiento el represor Ernesto Ramas goza del beneficio de prisión domiciliaria en Piriápolis.

Días pasados debió ser conducido al Juzgado a declarar en la causa que se le sigue por tortura, privación de libertad, violación, lesiones personales, amenazas, atentado a la libertad personal por funcionario público de una cárcel y abuso de autoridad contra los detenidos, cometidos entre 1972 y 1985 en el 300 Carlos y en el Batallón 13 de Infantería. Su defensa solicitó que se suspendiera por razones humanitarias dicha conducción y que la declaración le fuera tomada en su domicilio de Piriápolis. La Dra. Marcela Vargas, la Jueza a cargo de la causa, accedió a tal pedido y decretó constituirse en el domicilio de Ernesto Ramas a efectos de tomarle la declaración. Esta audiencia estaba fijada en sus inicios para el 14 de setiembre a las 14 y 30 horas, sin embargo tuvo lugar el 6 de setiembre desconociéndose los motivos de su adelantamiento.

Según informó la prensa, Ramas se negó a declarar amparándose en el Pacto de San José de Costa Rica, un  instrumento jurídico internacional de Derechos Humanos, ratificado por Uruguay al regreso de la democracia en 1985. Paradójicamente hoy Ernesto Ramas se ampara en los Derechos que les fueron negados a miles de víctimas de la dictadura cívico militar de la que fue parte. A pesar de esta negativa la causa continúa y se espera sea condenado por los delitos que se le acusa en función de cantidad de pruebas en su contra aportadas por decenas de hombres y mujeres víctimas de sus torturas.

Ante estos acontecimientos reclamamos que el Estado realice el control efectivo de la prisión domiciliaria y que se le revoque este beneficio y  cumpla su condena en la cárcel.

1 133 134 135 136 137 212